Concesión de Ayudas de Bono Taxis.
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL AÑO 2025:
Publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos del 23/06/2025.
BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente convocatoria aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener una discapacidad física cuyo grado sea igual o superior al 33%, de acuerdo con la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 888/2022, se 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, que textualmente dispone: “Quienes, con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, tuvieran reconocido un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento con arreglo al procedimiento establecido en el Real Decreto 1723/1981, de 24 de julio, o en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, no precisarán de un nuevo reconocimiento. Cuando se realice la revisión de dichas valoraciones, de oficio o a instancia de parte, se aplicará lo previsto en este real decreto”.
- Tener concedido el Baremo de Movilidad Reducida, acreditada mediante el certificado emitido por el Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad de la Junta de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en el art. 4.3.b) del Real Decreto 888/2022, se 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, que textualmente dispone: “b) La relación exigida entre el grado de discapacidad y la determinación de la existencia de dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos a que se refiere el artículo 25.1.b) del Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, se fijará por aplicación del Baremo de Evaluación de las Capacidades / Limitaciones en la Actividad (BLA) que figura dentro del anexo IV. Cuando una vez evaluadas todas las actividades, el porcentaje de limitación obtenido en el dominio de movilidad asigne una limitación final de movilidad igual o superior al veinticinco por cien se determinará quela persona tiene movilidad reducida y dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos.”
- Tener una Renta per Cápita anual inferior a cuatro veces el IPREM establecido en el ejercicio 2.024 (8.400,00 €).
No podrán tener la condición de beneficiario las personas:
- Que, aun cumpliendo los requisitos establecidos en el punto 4.1, sean titulares de más de un vehículo.
- En quienes concurran alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Que tengan deudas pendientes en la recaudación municipal en periodo ejecutivo.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS:
Treinta días naturales a partir del siguiente a su publicación en el B.O.P.
LUGAR DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS:
Registro General del Ayuntamiento de Burgos (Plaza Mayor de Burgos); o en cualquiera de los lugares señalados en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas..
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
- Solicitud según modelo oficial en el que se indiquen los bonos solicitados sin que puedan exceder de las prestaciones máximas que correspondan en aplicación de las bases de esta Convocatoria (Anexo I).
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante y en su caso del representante legal.
- Certificado emitido por el órgano competente del importe anual de los rendimientos del trabajo, pensiones percibidas tanto contributivas y/o no contributivas, o cualquier otra prestación percibida por cualquiera de los miembros de la unidad familiar de convivencia, en el ejercicio 2024.
- Declaración Responsable (Anexo II).
Mas Información:
Oficina de Movilidad sita en Calle Barrio Gimeno s/n (Antigua Universidad de Relaciones Laborales).
Teléfono: 947 28 87 40