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APROBACIÓN INICIAL DEL REGLAMENTO MUNICIPAL DEL SERVICIO URBANO DE TAXI DE LA CIUDAD DE BURGOS

APROBACIÓN INICIAL DEL REGLAMENTO MUNICIPAL DEL SERVICIO URBANO DE TAXI DE LA CIUDAD DE BURGOS

Aprobación inicial del Reglamento Municipal del Servicio Urbano de Taxi de la Ciudad de Burgos.

Aprobación inicial del Reglamento Municipal del Servicio Urbano de Taxi de la Ciudad de Burgos.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para su examen y, en su caso, presentación de las alegaciones
y/o reclamaciones que se estimen oportunas.


Durante dicho plazo, el expediente estará a disposición de los interesados en la página web de este Ayuntamiento (www.aytoburgos.es).


Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará definitivo el acuerdo de aprobación hasta entonces provisional.

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