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Licencia urbanística obras en vía pública

Licencia urbanística obras en vía pública

Según el artículo 46 del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León , cuando se transmitan actividades o instalaciones que cuenten con licencia será precisa la previa comunicación de dicha transmisión al Ayuntamiento competente.

A través de este procedimiento se otorga licencia urbanística para a la ejecución de obras que afecten a la vía pública.

Unidad responsable
Servicio de Licencias. Sección de Obras.
¿Quién lo puede solicitar?

El interesado o su representante

¿Dónde se puede solicitar?

En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burgos, en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos  o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información sobre el procedimiento de acceso a la tramitación electrónica:

  1. Licencia urbanística obras en vía pública
¿Cómo se realiza?

A través de la Sede Electrónica o de forma presencial, en las oficinas correspondientes.

Documentación

DOCUMENTACIÓN GENERAL:

  • Solicitud de licencia urbanística

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA:

  • Memoria descriptiva
  • Plano de situación
  • Planos de planta, alzado y sección que describan la actuación
  • Presupuesto de la actuación desglosado en unidades de obra
  • Documentación de representación
  • Autorización de la representación

Documento de identidad del representante

  • DOCUMENTACIÓN TRIBUTARIA:
  • Justificantes de abono de tasa e ICIO
Plazos de solicitud

3 meses

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Autoliquidación de tasa

Autoliquidación de ICIO

Solicitud de autoriación para la ocupación de la vía publica conmedios auxiliares y acopios