Según el artículo 46 del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León , cuando se transmitan actividades o instalaciones que cuenten con licencia será precisa la previa comunicación de dicha transmisión al Ayuntamiento competente.
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A través de este procedimiento se otorga licencia urbanística para a la ejecución de obras que afecten a la vía pública.
El interesado o su representante
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burgos, en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Información sobre el procedimiento de acceso a la tramitación electrónica:
A través de la Sede Electrónica o de forma presencial, en las oficinas correspondientes.
DOCUMENTACIÓN GENERAL:
- Solicitud de licencia urbanística
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA:
- Memoria descriptiva
- Plano de situación
- Planos de planta, alzado y sección que describan la actuación
- Presupuesto de la actuación desglosado en unidades de obra
- Documentación de representación
- Autorización de la representación
Documento de identidad del representante
- DOCUMENTACIÓN TRIBUTARIA:
- Justificantes de abono de tasa e ICIO
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3 meses
Autoliquidación de tasa
Autoliquidación de ICIO
Solicitud de autoriación para la ocupación de la vía publica conmedios auxiliares y acopios