Tablón de anuncios de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda.
Atrás Declaración responsable para actuaciones urbanísticas
Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León
Artículo 105 bis. Actos sujetos a declaración responsable.
1. Están sometidos al régimen de declaración responsable, sin perjuicio de las demás intervenciones públicas que procedan, los siguientes actos:
a) Modificación, reforma o rehabilitación de construcciones e instalaciones, cuando tenga carácter no integral o parcial.
b) Cambio de uso de construcciones e instalaciones.
c) Cerramientos y vallados.
d) Vallas y carteles publicitarios visibles de la vía pública.
e) Instalación de tendidos eléctricos, telefónicos y similares.
f) Uso del vuelo sobre construcciones e instalaciones.
g) Ejecución de obras e instalaciones en el subsuelo, cuando no tengan entidad equiparable a las obras de nueva planta o ampliación ni afecten a elementos estructurales.
h) Obras menores tales como sustitución, renovación o reparación de revestimientos, alicatados, pavimentos, falsos techos, carpintería interior, fontanería, instalaciones eléctricas, enlucidos y pinturas.
i) Trabajos previos a la construcción, tales como sondeos, prospecciones, catas, ensayos y limpieza de solares.
j) Primera ocupación o utilización de construcciones e instalaciones.
k) Instalaciones de aprovechamiento de energía solar para autoconsumo sobre edificaciones o construcciones, salvo que supongan un impacto sobre el patrimonio histórico.
La declaración responsable es el documento mediante el cual su promotor manifiesta, bajo su exclusiva responsabilidad, que los actos a los que se refiere cumplen las condiciones prescritas en la normativa aplicable, que posee la documentación técnica que así lo acredita, y que se compromete a mantener el citado cumplimiento durante el tiempo que dure el ejercicio de los actos a los que se refiere.
La formalización de la declaración responsable no prejuzga ni perjudica derechos patrimoniales del promotor ni de terceros, y sólo producirá efectos entre el Ayuntamiento y el promotor, es decir, en su tramitación no se tendrá en cuenta, al igual que sucede con las licencias, ni el derecho de propiedad ni derechos de terceros, en virtud de lo establecido en la legislación urbanística.
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burgos, en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para mas informacion acceder a Sede electronica del ayuntamiento:
También puede consultar la página web del Ayuntamiento de Burgos para información general.
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Declaración responsable para Obra Menor
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Declaración responsable para el desarrollo de reformas
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Vallas
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Bonificaciones del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)
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Declaración responsable de Primera Ocupación.
PERI Antiguo Pueblo de Gamonal. Adquisición onerosa de parcelas.
El objeto del presente procedimiento es la adquisición onerosa por el Ayuntamiento de Burgos, mediante procedimiento abierto ordinario, a través de...