Prestación social de naturaleza económica y percepción periódica, que se configura como renta familiar.
Su finalidad es proporcionar los medios y apoyos necesarios para atender las necesidades básicas de subsistencia y promover la integración de quienes se encuentren en situación de exclusión social.
Esta integración se facilita mediante el apoyo económico y a través del conjunto de actuaciones, obligaciones y compromisos que se determinen en el Proyecto Individualizado de Inserción (PII), que deberá ser suscrito por todos los miembros de la unidad familiar.
Pueden solicitarla todos los ciudadanos de Castilla y León y extranjeros con residencia legal y vecindad administrativa en esta Comunidad.
Requisitos del Titular
- Tener domicilio, estar empadronado y residir legalmente en Castilla y León con un año de antelación a la presentación de la solicitud.
- Tener una edad comprendida entre 25 y 64 años.
- No ser perceptor de prestaciones de la Seguridad Social o de cualquier otro sistema público de protección, exceptuando a las mujeres víctimas de violencia de género con hijos que perciban la Renta Activa de Inserción (RAI).
- No residir en centros. No obstante, hay que tener en cuenta las excepciones que a estos requisitos establece la normativa.
- Más información: Renta garantizada de ciudadanía
Requisitos de los Miembros de las Unidades Familiares o de Convivencia
- Carecer de medios económicos o patrimoniales suficientes para atender las necesidades básicas.
- Estar inscritos como demandante o mejora de empleo todos los miembros en edad de trabajar salvo las excepciones contenidas en la Ley.
- Tener domicilio, estar empadronado y residir legalmente en algún municipio de Castilla y León.
- Cuando existan menores en edad de cursar enseñanzas obligatorias, se deberán haber dispuesto todas las condiciones y medios necesarios para que reciban dicha educación.
- Haber agotado la percepción de todas las prestaciones públicas a las que pudieran tener derecho o haberlas solicitado y resuelto su denegación.
En la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Burgos y en los Centros de Acción Social (consultar las direcciones en la siguiente lista).
Se solicita en los Centros de Acción Social - CEAS
• CEAS III San Pedro de la Fuente
• CEAS IV San Pedro y San Felices
• CEAS IX Río Vena • CEAS V San Julián
• CEAS VI Capiscol • CEAS VII Gamonal - Antigua
• CEAS VIII Gamonal - Las Torres
Las solicitudes se presentarán, preferentemente, en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales correspondiente al domicilio del interesado, o bien en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La documentación a presentar junto a la solicitud es la indicada por la Junta de Castilla y León en el siguiente enlace: www.jcyl.es/rentagarantizada
A voluntad del interesado.
LEY 7/2010, de 30 de agosto, por la que se regula la renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León (BOCyL 2 de septiembre de 2010)
DECRETO 61/2010, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y aplicación de la Ley 7/2010, de 30 de agosto, por la que se regula la renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León (BOCyL 20 de diciembre de 2010)
La cuantía básica de la prestación es del 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) hasta un máximo del 130%. Por cada miembro de la unidad familiar o de convivencia, distinto del titular, se reconocerán los siguientes complementos:
- el 25% de la cuantía básica por el primer miembro
- el 15% de la cuantía básica por el segundo miembro
- el 10% de la cuantía básica por el tercero y siguientes
Para el año 2023 el iprem mensual es 600 € (BOE 24/12/22)