- Paseo del Espolón s/n 2ª planta 09003 Burgos
- Teléfono: 947 28 88 00 ext. 8463
- participacionciudadana@aytoburgos.es
- Para atención presencial se requerirá CITA PREVIA
El Registro Municipal de Entidades Ciudadanas es un instrumento para conocer el número de entidades existentes en el municipio, sus fines o representatividad y poder desarrollar una adecuada política municipal de fomento, impulso y desarrollo del asociacionismo.
La inscripción es voluntaria.
Las asociaciones inscritas están obligadas a notificar cualquier información facilitada: cambio de sede, disolución, cambio en la junta directiva... y a entregar todos los años el programa de actuaciones y presupuesto.
Las asociaciones inscritas podrán verse beneficiadas de las ayudas y/o subvenciones que a nivel municipal existan.
Pueden inscribirse todas las asociaciones o entidades cuyo ámbito de actuación sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales del municipio y en particular las asociaciones de vecinos y vecinas del barrio, padres y madres, entidades culturales, deportivas, juveniles, profesionales y cualesquiera otras similares que teniendo su domicilio social o delegación abierta en el término municipal de Burgos, realicen actividades que redunden en beneficio de los ciudadanos de Burgos.
La Unidad responsable será la sección de Participación Ciudadana: Teatro Principal, Paseo del Espolón s/n - 2ª planta - CP. 09071 Tfno: 947288800 - Ext.8510 Correo electrónico: participacionciudadana@aytoburgos.es
Para inscribir una entidad en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas es necesario presentar en la citada sección de Participación Ciudadana los documentos seguidamente relacionados:
- Acta Fundacional firmada por todos los soci@s (original y copia para su compulsa) Estatutos (original y copia para su compulsa) Certificados de otros números de Registro (original y copia para su compulsa) Certificación del número de socios por el president@ y secretari@ de la entidad. Composición de la Junta Directiva. Programa y Presupuesto del año en curso Código de Identificación Fiscal (CIF).
Posteriormente se entregará en el Registro General la Solicitud y la Ficha de Inscripción en el Registro (ver documentos adjuntos).
A voluntad de los interesados (no existen plazos de solicitud).
El Derecho de Asociación se regula por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de Marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Publicada en el BOE número 73 de 26 de Marzo de 2002.
Además, la legislación sobre obligaciones básicas de las asociaciones es la siguiente:
- Constitución Española, de 27 de Diciembre de 1978 (art. 22) Real Decreto 1497/2003, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes registros de asociaciones Real Decreto 397/1988, de 22 de Abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles Real Decreto 1740/2003, de 19 de Diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones, Utilidad Pública Reglamento Municipal del Registro de Entidades Ciudadanas, aprobado en Pleno en enero de 2010
Gratuito.