Cualquier persona física o jurídica que no tenga deudas en ejecutiva.
Requisitos. Para acogerse a esta modalidad de pago deberán cumplirse los siguientes requisitos:
- a) El obligado al pago haya ingresado la autoliquidación o liquidación correspondiente al alta y tendrá efectos en los sucesivos padrones posteriores al alta.
- b) No tener deuda pendiente en periodo ejecutivo de pago con la Administración Municipal.
- c) El importe de la deuda tributaria incluida debe ser superior a 150 euros. Dicho importe se calculará tomando como referencia los datos-base del ejercicio anterior.
- d) Domiciliar en una única cuenta todas las cuotas del Plan Personalizado de Pago. Los nuevos objetos tributarios se incluirán automáticamente en el mismo.
- e) Incluir todos los recibos de los que sea titular.
- f) Deberá proporcionarse una dirección de correo electrónico a efectos de avisos y comunicaciones electrónicas.
El modelo de solicitud puede descargarse a través del fichero adjunto a este trámite u obtenerlo tanto en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC, así como en el Servicio de atención ciudadana presencial 010.
Solicite CITA PREVIA para ser atendido en la BAC:
- por teléfono, llamando al 010 (947200010) - Servicio de Atención Ciudadana 010 por internet, conectando con el portal Ayuntamiento de Burgos Cita Previa
- Mediante comparecencia en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol. A través de registro general del Excmo. Ayuntamiento de Burgos adjuntando la solicitud. A través de correo ordinario: BAC A través de la Oficina Virtual Tributaria mediante Certificado electrónico.
Se deberá cumplimentar el modelo de "Solicitud plan de pago personalizado PPP" que figura en el apartado Documentos.
Plazo de presentación: hasta el último día hábil del mes de febrero del ejercicio al que se refiere la petición. A partir de ese momento quedará adherido al Plan, salvo que se le comunique la denegación por incumplimiento de los requisitos. Dentro del mismo plazo deberá comunicar los cambios en la periodicidad.
La solicitud de modificación de cualquier elemento del plan supondrá la adhesión a una de las siguientes modalidades:
- Mensual: consistirá en once cuotas cuyo cobro se realizará los días 5 de cada mes, desde el 5 de enero al 5 de noviembre o inmediato hábil posterior.
- Semestral: Consistirá en dos cuotas cuyo cobro se realizará el 5 de abril y el 5 de octubre o inmediato hábil posterior.