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Comunicacion ambiental

Comunicacion ambiental

A través de este procedimiento el titular comunica el ejercicio de una actividad incluida en el Anexo III del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.  La comunicación ambiental se presentará una vez finalizadas las obras que deben estar amparadas por el permiso urbanístico que corresponda (Licencia y/o DRAU), en el caso de que deba someterse a evaluación de impacto ambiental, debe disponerse de la correspondiente declaración de impacto ambiental favorable y, en todo caso, debe presentarse con anterioridad al inicio de la  actividad.

Unidad responsable
Servicio de Licencias. Sección de Servicios
¿Quién lo puede solicitar?

El interesado o su representante

¿Dónde se puede solicitar?

En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burgos, en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información sobre el procedimiento de acceso a la tramitación:

  1. Comunicación ambiental
Documentación

DOCUMENTACIÓN GENERAL:

  • Comunicación ambiental
  • Documento de identidad del interesado, en el caso de sociedades las escrituras de constitución.

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA:

  • Memoria ambiental
  • Memoria técnica ambiental
  • Declaración responsable técnico competente para la presentación de documentación técnica sin visar
  • Plano de situación
  • Planos de planta
  • Alzados y Secciones
  • Fotografías

DOCUMENTACIÓN CUANDO EXISTE REPRESENTANTE:

  • Autorización de la representación, en el caso de sociedades, el apoderamiento del representante.
  • Documento de identidad del representante
Plazos de solicitud

En cualquier momento.

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Ejercer la actividad o llevar a cabo una modificación sustancial de la misma sin la preceptiva comunicación ambiental es constitutivo de infracción "leve".

TRÁMITES RELACIONADOS:

  • Solicitud de licencia urbanística
  • Declaración responsable de actuaciones urbanísticas
  • Comunicación de transmisión de actividad
  • Comunicación de modificación de actividad
  • Comunicación de cese de actividad
  • Solicitud de autorización para celebraciones extraordinarias
  • Licencia ambiental
  • Comunicación de inicio de actividad sujeta a licencia ambiental
Datos de pago

Ordenanza fiscal nº 205 Reguladora de la tasa por concesión de licencias ambientales, comunicación de inicio y comunicación de actividad, publicada en el BOP nº 153, de 17 de agosto de 2017.

Según el artículo 5, las tarifas aplicables para liquidar las tasas de las comunicaciones se sustentan en la superficie útil de los locales e instalaciones en los que se vaya a desarrollar la actividad y serán los siguientes:

 

Superficie Tarifas
Hasta 50 m² de superficie 320,60 €
Desde 50,01 m² hasta 100 m² de superficie 399,87 €
Desde 100,01 m² hasta 150 m² de superficie 600,40 €
Desde 150,01 m² hasta 250 m² de superficie 800,91 €
Desde 250,01 m² hasta 500 m² de superficie 1.200,81 €
Desde 500,01 m² hasta 750 m² de superficie 1.601,85 €
Desde 750,01 m² hasta 1.000 m² de superficie 2.001,72 €
Desde 1.000,01 m² hasta 1.500 m² de superficie 2.402,76 €
Desde 1.500,01 m² hasta 2.000 m² de superficie 2.802,65 €
Desde 2.000,01 m² hasta 3.000 m² de superficie 3.203,68 €
Desde 3.000,01 m² hasta 5.000 m² de superficie 4.004,60 €
Desde 5.000,01 m² de superficie en adelante 6.006,32 €