Sistema Interno de Información - Canal Interno de Información
El canal seguro para comunicar posibles infracciones graves dentro del ámbito municipal. Puedes hacerlo de forma anónima o identificada, con confidencialidad garantizada y sin temor a represalias.
En aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero (se abre en una ventana nueva), y de la Directiva (UE) 2019/1937.
Confidencialidad
Tu identidad y la de cualquier persona mencionada se protegen en todo momento.
Anonimato posible
Puedes comunicar sin dar tus datos y hacer el seguimiento con un código seguro.
Sin represalias
La ley prohíbe y anula cualquier represalia contra quien informa de buena fe.
Este canal no atiende urgencias. Si hay un peligro inmediato para personas o bienes, llama al 112.
Para quejas o sugerencias sobre servicios municipales (limpieza, alumbrado, tráfico, etc.), utiliza el Buzón de Quejas y Sugerencias de la Sede Electrónica.
Elige por dónde empezar
¿Qué necesitas hacer?
Tres caminos para acompañarte: ir directamente al canal, dejar que el asistente te oriente paso a paso, o resolver tus dudas en las preguntas frecuentes.
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1
Ir al canal seguro
Accede a la plataforma cifrada para presentar tu comunicación de forma anónima o identificada.
Acceder al canal (se abre en una ventana nueva) -
2
Asistente guiado
Responde unas preguntas sencillas y te indicamos si tu caso encaja y cómo presentarlo.
Iniciar asistente -
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Preguntas frecuentes
Consulta cómo funciona el canal, tus derechos, los plazos y la protección frente a represalias.
Ver preguntas
¿Prefieres otra vía?
El uso del canal interno es preferente, pero puedes elegir el cauce que te dé más confianza. También existen canales externos ante autoridades independientes:
Asistente del procedimiento
Responde a cada pregunta para recibir orientación. No se guarda ninguna respuesta y puedes reiniciar cuando quieras.
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Preguntas frecuentes
Todo lo que conviene saber antes de comunicar: qué se puede informar, cómo se protege tu identidad, qué plazos hay y qué derechos tienen todas las personas implicadas.
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El canal y qué se puede comunicar
¿Qué es el Sistema Interno de Información y para qué sirve?
Es el cauce que el Ayuntamiento de Burgos pone a disposición de las personas para comunicar, de forma segura y confidencial, posibles infracciones graves de las que tengan conocimiento. Lo exige la Ley 2/2023, que traspone a España la Directiva europea de protección de informantes (la conocida como «directiva whistleblowing»).
Su finalidad es doble: facilitar que afloren conductas que dañan el interés general y proteger a quien las comunica.
¿Qué tipo de infracciones puedo comunicar?
Acciones u omisiones que puedan constituir:
- Infracciones del Derecho de la Unión Europea incluidas en el ámbito de la directiva.
- Infracciones penales (delitos).
- Infracciones administrativas graves o muy graves.
En el ámbito municipal son típicas la corrupción, el fraude, la malversación, la prevaricación, la contratación irregular, los conflictos de interés, el acoso laboral o los riesgos graves para la salud o el medio ambiente.
¿Qué cosas NO debo comunicar por aquí?
Quedan fuera del canal:
- Quejas o sugerencias sobre servicios municipales (limpieza, alumbrado, tráfico…): usa el Buzón de Quejas y Sugerencias de la web municipal.
- Conflictos personales o laborales que solo afecten a quien informa y a las personas mencionadas.
- Meros rumores o información ya disponible públicamente.
- Infracciones leves.
- Situaciones de emergencia: en ese caso, llama al 112.
¿Quién puede comunicar?
Cualquier persona física que haya obtenido la información en un contexto laboral o profesional relacionado con el Ayuntamiento. Por ejemplo:
- Personal empleado público y personal laboral, en activo o ya cesado.
- Personas en prácticas, en formación o que realizan voluntariado.
- Quienes participan en procesos de selección, aunque la relación aún no haya empezado.
- Personas que trabajan para empresas contratistas, subcontratistas o proveedoras.
- Personas con cargos de administración, dirección o supervisión.
La protección también puede alcanzar a quien te ayude (personas facilitadoras), a tu entorno y a personas jurídicas vinculadas a ti.
Anonimato, confidencialidad y datos
¿Puedo comunicar de forma anónima?
Sí. El canal admite comunicaciones totalmente anónimas. El sistema te facilita un código de seguimiento único: guárdalo, porque es la única forma de consultar el estado del expediente y de responder a peticiones de información sin desvelar quién eres.
¿Qué diferencia hay entre anonimato y confidencialidad?
Anonimato significa que no facilitas tus datos en ningún momento: nadie sabe quién eres.
Confidencialidad significa que, aunque te identifiques, tu identidad se trata de forma reservada y no se comunica a la persona afectada ni a terceros. Solo podría revelarse a la autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente, en el marco de una investigación y con todas las garantías.
¿Qué pasa con mis datos personales?
El tratamiento se ajusta al Reglamento General de Protección de Datos y a la Ley 2/2023. Solo se tratan los datos estrictamente necesarios para gestionar e investigar la comunicación, y el acceso queda limitado al personal autorizado.
El registro de comunicaciones no es público. Los datos se conservan únicamente el tiempo necesario y, en ningún caso, más de diez años. Si los datos recibidos no son veraces o no resultan necesarios, se suprimen sin demora.
¿La persona afectada sabrá quién soy?
No. La identidad de quien informa nunca se revela a la persona afectada por la comunicación, ni siquiera cuando ejerce su derecho de defensa o de acceso al expediente. La reserva de tu identidad es una garantía esencial de la ley.
Protección frente a represalias
¿Qué protección tengo frente a represalias?
La Ley 2/2023 prohíbe expresamente cualquier represalia —y también las amenazas o las tentativas de represalia— contra quien informa de buena fe. Los actos de represalia son nulos de pleno derecho, y la protección se mantiene durante los dos años siguientes a la finalización de las investigaciones.
¿Qué se considera una represalia?
Cualquier trato desfavorable por haber informado. Por ejemplo: despido o no renovación, suspensión de empleo, cambio de funciones o de lugar de trabajo, reducción salarial, denegación de ascensos o de formación, evaluaciones negativas, acoso, intimidación, daño reputacional o inclusión en listas que dificulten encontrar empleo.
¿Tengo que demostrar que sufrí represalias?
No te corresponde a ti probarlo. Si acreditas que comunicaste de buena fe y que después sufriste un perjuicio, se presume que ese perjuicio es una represalia: es la entidad quien debe demostrar que su decisión obedeció a motivos legítimos y ajenos a tu comunicación.
¿Qué medidas de apoyo existen?
La ley prevé medidas de apoyo a las personas informantes, como información y asesoramiento sobre sus derechos, asistencia jurídica y, según el caso, apoyo financiero y psicológico. Estas medidas se canalizan a través de la autoridad competente.
¿Y si me equivoco de buena fe?
Estás protegida o protegido siempre que tuvieras motivos razonables para pensar que la información era veraz en el momento de comunicarla, aunque después la investigación no confirme la infracción. No quedan amparadas las comunicaciones que se hacen a sabiendas de que son falsas: aportar información falsa de forma deliberada puede constituir una infracción.
Procedimiento y plazos
¿Cómo presento la comunicación?
Puedes hacerlo de varias formas:
- Por escrito, a través de la plataforma web del canal (la vía recomendada para garantizar el anonimato).
- Por correo postal dirigido a la persona Responsable del Sistema.
- Verbalmente o en una reunión presencial, que se fijará en un máximo de 7 días si así lo solicitas.
¿Cuáles son los plazos?
- Acuse de recibo: un máximo de 7 días naturales desde la recepción.
- Análisis y admisión a trámite: tras valorar si la comunicación entra en el ámbito de la ley.
- Investigación y respuesta: un máximo de 3 meses, ampliable a otros 3 en casos de especial complejidad, debidamente motivados.
Los plazos en días se entienden hábiles, salvo cuando se indica que son naturales.
¿Cómo hago el seguimiento de mi comunicación?
Con el código de seguimiento que te entrega el sistema al presentarla. A través de un buzón cifrado podrás consultar el estado, recibir comunicaciones y aportar información adicional, todo ello sin necesidad de revelar tu identidad.
¿Tiene algún coste?
No. El uso del canal es totalmente gratuito.
Derechos de la persona afectada
¿Qué derechos tiene la persona afectada por la comunicación?
La persona a la que se refieren los hechos conserva todas sus garantías: presunción de inocencia, derecho de defensa, derecho al honor y a la protección de sus datos. Será informada de los hechos y podrá ser oída y acceder al expediente, en los términos previstos por la ley. En ningún caso se le revelará la identidad de quien ha informado.
Otros canales y ayuda
¿Existen otros canales fuera del Ayuntamiento?
Sí. Además del canal interno, la ley prevé:
- Canal externo autonómico: la Autoridad Independiente en materia de corrupción de Castilla y León (AICCyL), competente respecto del sector público autonómico y local de Castilla y León.
- Canal externo estatal: la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.), en funcionamiento desde el 1 de septiembre de 2025.
- Revelación pública: en los supuestos tasados del artículo 28 de la ley.
¿Puedo acudir directamente al canal externo?
Sí. Aunque el uso del canal interno es preferente, puedes elegir el cauce que te ofrezca más confianza. Es razonable acudir directamente al canal externo si temes represalias, si crees que la comunicación interna no se tratará adecuadamente o si ya lo hiciste y no obtuviste respuesta.
¿Quién gestiona el canal y a quién me dirijo?
La gestión corresponde a la persona Responsable del Sistema Interno de Información del Ayuntamiento de Burgos, que actúa con independencia y de forma imparcial. Puedes consultar sus datos de contacto en la página del canal.
Mariano Huertas, teléfono: 947288879, email: canaldenuncias@aytoburgos.es
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Canal para avisar de cosas mal hechas
Un buzón seguro del Ayuntamiento de Burgos.
Ayuntamiento de Burgos
¿Qué es este canal?
Es un buzón seguro del Ayuntamiento de Burgos.
Sirve para avisar de cosas graves mal hechas.
Por ejemplo:
- Usar mal el dinero de todas las personas.
- Hacer trampas en un contrato del Ayuntamiento.
- Tratar muy mal a alguien en el trabajo.
- Poner en peligro la salud de las personas.
Este canal NO es para todo
Este canal NO es para quejas del día a día.
Por ejemplo, no es para avisar de:
- La basura o la limpieza de la calle.
- Las farolas o las luces.
- El tráfico o los coches.
Para esas quejas hay otro buzón en la página del Ayuntamiento.
¿Hay un peligro ahora mismo?
Llama al teléfono 112
¿Puedo avisar sin decir mi nombre?
Sí. Puedes avisar sin decir tu nombre.
Esto se llama aviso anónimo.
El sistema te da un código.
Guarda bien tu código.
Con el código puedes saber cómo va tu aviso.
¿Me puede pasar algo malo por avisar?
No. La ley te protege.
Nadie te puede castigar por avisar de buena fe.
Avisar de buena fe es contar lo que crees que es verdad.
Por avisar, nadie te puede:
- Echar del trabajo.
- Cambiar de puesto para hacerte daño.
- Tratar peor que a los demás.
¿Cómo aviso? 3 pasos
- Entra en la página del canal del Ayuntamiento.
- Cuenta lo que sabes. Cuenta qué pasó y dónde.
- Guarda tu código para seguir tu aviso.
¿Hay otros sitios para avisar?
Sí. También puedes avisar en otros sitios:
- La autoridad de Castilla y León contra la corrupción. Se llama AICCyL.
- Una autoridad del Estado que protege a quien avisa: Autoridad Independiente de Protección del Informante
Puedes ir a estos sitios sobre todo si tienes miedo.
¿Quién me puede ayudar?
En el Ayuntamiento hay una persona responsable del canal.
Esa persona te puede ayudar.
Puedes escribir o llamar para concertar cita.
En el teléfono 947288879 para pedir cita o en el correo canaldenuncias@aytoburgos.es
Palabras difíciles
- Corrupción
- Usar el dinero o el poder de todas las personas para ganar tú.
- Anónimo
- Avisar sin decir tu nombre.
- Confidencial
- Tu nombre se guarda en secreto.
- Represalia
- Un castigo a alguien por haber avisado.
- Buena fe
- Contar lo que de verdad crees que ha pasado.
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Ayuntamiento de Burgos